viernes, 15 de enero de 2021

LA (DES)INFORMACIÓN TE PERJUDICA

Compañera/o:

En este escrito CCOO recopilamos la información sobre los comunicados de la CGT que te han llegado esta semana hasta hoy 15 de enero del 2021 ...

IRPF

En cuanto a que la CGT dice que está negociando con la empresa para que la regularización del IRPF sea trimestral...

"¿Cuándo debe efectuarse la regularización? (art. 87.4 RIRPF).Con carácter general, la regularización debe efectuarse a partir de la fecha en que se produzcan, o el perceptor las comunique, las variaciones que determinan su procedencia, siempre que resten, al menos, cinco días para la confección de las correspondientes nóminas.

No obstante, a opción del pagador, la regularización podrá realizarse a partir del día 1 de los meses de abril, julio y octubre, respecto de las variaciones producidas, respectivamente en los trimestres inmediatamente anteriores a dichas fechas."

Este último texto está en la web de Agencia Tributaria. Es decir, la regularización se ha de hacer desde el primer momento, o sea, cada mes y sólo a opción de la figura del pagador (la empresa) trimestralmente, hecho que perjudica a la/el trabajador/a. Ningún sindicato puede negociar con las empresas cuándo se debe pagar el IRPF.

VACACIONES

El comité de empresa de MST EXPERT KNOWLEDGE en Barcelona está formado por CGT y CCOO. Por mucha mayoría que tengan no pueden hablar en nombre de todo el comité. CCOO NO FIRMAMOS ESE ACUERDO COLECTIVO porque como hemos dicho hasta el agotamiento, ningún acuerdo colectivo puede estar por debajo de un convenio colectivo y del Estatuto de las y los trabajadores/as, y este lo está. Te lo exponemos a continuación:

Este acuerdo firmado por CGT y MST dice textualmente:  "Los agentes presentarán su propuesta de disfrute de semanas completas entre el 15.01.2020 y el 30.01.2020".

Es decir, por culpa de este acuerdo, si quieres pedir tus vacaciones en el mismo mes de enero,febrero, marzo y principios de abril, no podrás conocer si han sido aprobadas con los 2 meses de antelación que el Estatuto y el Convenio te garantizan.

Citamos textualmente el texto que sale tanto en el protocolo enviado por planificación ayer como en el acuerdo colectivo: "Se recuerda que en período estival, al menos 14 días del período estival, se deberán disfrutar de forma continuada, respetando las necesidades del servicio...

El Convenio dice:

"Las vacaciones serán de treinta y dos días naturales. Se podrán dividir en periodos de 7 días continuados, debiéndose disfrutar en periodo estival, preferentemente, al menos 14 días continuados, respetando
las necesidades del servicio."

Es decir, según este acuerdo, debes hacer 14 días consecutivos te guste o no.

Es posible que no quieras las vacaciones en verano porque prefieras otro periodo, o que en verano quieras una semana al principio y otra al final. Eso deberías poder escogerlo libremente pero con este protocolo no puedes hacerlo. 

A vuestra disposición.

HUELGA DESCONVOCADA EN LA MEDIACION.

Compañeras y compañeros:

En el día de hoy hemos asistido a la mediación estatal en el SIMA por la convocatoria de huelga de la CGT. La mediación ha llegado a acuerdo provisional y el próximo martes 19/01 se constituye la mesa estatal de negociación.

En la misma mediación CCOO hemos indicado que por parte nuestra existen, entre otras, tres denuncias en la Inspección de Trabajo por los reiterados incumplimientos de MST al no facilitar medios para el teletrabajo, por la ausencia en la vigilancia de factores psicosociales que están dentro del ámbito de salud laboral y por tener que usar dispositivos propios en las instalaciones el pasado mes de agosto para quienes veníais presencialmente.

CCOO hemos defendido sobre todo el tener una formación adecuada tanto a las nuevas incorporaciones como a las veteranas, que las casuísticas de las llamadas son distintas que alargan los tiempos, el hecho de que la empresa esté llamando dentro y fuera de la jornada para cuestionarnos sobre la "mala" productividad, que tengamos que aceptar una "productividad" sin poder poner objeción para poder fichar y trabajar sin defensa alguna.

Además recientemente, el 30/12 como recordaréis, también enviamos un escrito a la empresa (que os adjuntamos en comunicado del mismo día) para que cesara de inmediato el acoso telefónico llamando a personas de la plantilla por una supuesta mala productividad y citándoles en ese escrito uno por uno, la mayoría de sus incumplimientos legales.

Asimismo, recordad que CCOO tenemos pendiente un conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional por el euro/hora próximamente. Un concepto que sólo CCOO  y nadie más hemos defendido desde el principio y está en marcha.

CCOO, si en algo hemos destacado, ha sido precisamente por nuestra actividad sindical. Le dijimos a la CGT que no haríamos nada para impedir que convocaran lo que quisieran, cosa que en el pasado, cuando fue al revés boicotearon nuestra actividad sindical hasta la saciedad.

Informaros de que por parte de CCOO, hemos optado por otras vías antes de llegar al conflicto de huelga para solucionar la situación actual.

Estamos tan agotadas e indignadas como el resto por todo este sometimiento y abuso de MST y no nos quedamos de brazos cruzados jamás.

Lo que se ha conseguido en el SIMA es que la empresa se comprometa a cumplir lo que la ley le exige. Esperamos que nadie se arrepienta de dar este margen de confianza que en el pasado MST nunca se ha ganado.

CCOO podemos decir que vamos con la verdad por delante, porque la demagogia siempre nos pasa factura. Otras representaciones no pueden decir lo mismo.

Siempre a vuestra disposición.

lunes, 11 de enero de 2021

NEGOCIACIÓN TELETRABAJO: LA PATRONAL SE CONGELA

IRPF DESCUENTOS ALTOS EN LA NÓMINA DE DICIEMBRE: AMPLIAMOS INFORMACIÓN

Compañeras y compañeros:


Os escribimos de nuevo por el famoso tema del IRPF que tanto daño está haciendo un año más en la nómina de diciembre que acabamos de cobrar. Aunque hay quienes dicen (empresa y CGT) que el asunto de los pluses y otros... ¿Cómo lo han dicho? ¡Ah sí!: "demás conceptos" estarán solucionados en las próximas 48h. Lo cierto es que hay casos bastante fuertes sobre el IRPF que deben ser subsanados y que no tenemos la seguridad de que se vayan a subsanar con "demás conceptos".

Vamos a ampliar de forma sencilla información a modo didáctico:

Las empresas generalmente dicen que descuentan tanto dinero en diciembre para poder regularizar el IRPF de todo el año y que es obligatorio hacerlo así a final de año. Pues es mentira. Os ponemos ejemplos:

 - Si yo cobro todos los meses la misma cantidad, o parecida, entonces la empresa tiene que retenerme cada mes la misma cantidad de IRPF. Pongamos por ejemplo que me tengan que retener cada mes un 5% pero la empresa sólo me retiene un 1% (porque su gestoría o el departamento de nóminas es un desastre). 

Al final del año, habré pagado un 48% menos y la empresa me lo retiene todo de golpe en la nómina de diciembre, pues bien, bajo ningún concepto la empresa puede hacer eso.

- Si cada mes cobro unas cantidades muy diferentes entonces se tiene que ir regularizando mes a mes, así por ejemplo un mes me quitarán un 5%, otro mes un 15%, otro un 7%, etc. Pero no puede ser que a final de año la empresa lo regularice todo.

- Si tengo un contrato temporal me retendrán muy poco, o nada, porque el cálculo se hace sobre el salario anual, y será bajo. Pero si la empresa me renueva ese contrato entonces sí que es obligatorio hacer una regulación del IRPF, pero la empresa la tiene que hacer a partir del mes de la renovación y no dejarlo para final de año. Lo mismo sucede si me amplían jornada o cobro unos incentivos, se tiene que regularizar desde ese momento.

¿Cómo puedo calcular cuánto tenía que pagar de IRPF en 2020? Fácil, rellenando una plantilla que la Agencia Tributaria publica en su web:

¿Cómo poder reclamar todos estos fallos a la empresa? Con la plantilla que os adjunto. Debéis entregarla a Recursos Humanos y quedaros una copia del recibí.

¿Qué sucede si la empresa no me hace caso? Puedes presentar en las oficinas de la Agencia Tributaria un escrito a Hacienda para que investigue o bien hacerlo a través de su web. Este trámite es gratis y está en el "Apartado presentación de recurso o solicitud"

En definitiva, las retenciones de IRPF la empresa las tiene que hacer bien, en caso contrario os descontarán mucho dinero en diciembre, y en caso contrario de que nos retengan lo correcto podéis tener problemas en un futuro con Hacienda.